Por Alonzo Ramírez
Reforma Siglo XXI, Vol. 18, No. 1
Este tema doctrinal que surgió con fuerza durante la Reforma del Siglo xvI, será abordado en dos partes. En la primera parte se abordará el significado de sola scriptura durante la reforma, sobre la base de las enseñanzas de dos doctores de la Iglesia: Martín Lutero y Juan Calvino. En la segunda parte se discutirá la fundamentación bíblica de sola scriptura y las objeciones actuales de los teólogos católico-romanos y del carismatismo, al igual que la actualidad de sola scriptura a 500 años de reforma, es decir, ¿qué lecciones aporta a la Iglesia Protestante hoy, y especialmente al protestantismo reformado?
SOLA SCRIPTURA EN LA ENSEÑANZA DE MARTÍN LUTERO Y JUAN CALVINO.
Como ya se dijo al principio, en esta primera parte se resume y se comenta lo que los doctores de la Iglesia, Martín Lutero y Juan Calvino, enseñaron acerca de la sola scriptura.
- MARTÍN LUTERO Y LA SOLA SCRIPTURA.
Lutero opuso la sola scriptura no solo contra el abuso de las indulgencias, que según decían sus defensores tenían base en la autoridad de la iglesia, sino también contra la autoridad absoluta que se arrogaba el obispo de Roma.
Ahora bien, la práctica de alguna forma de indulgencia databa de unos mil años antes ser bíblicamente criticada y rechazada por Lutero. Sin embargo, desde el siglo xIII hasta el siglo xvI, las indulgencias se convirtieron en un abusivo y perverso sistema de relaxatio de injuncta pœnitentia para tratar la disciplina eclesiástica. Sin duda, Lutero habría entendido los refinamientos teológicos acerca de si la indulgencia removía la culpa del pecado ante Dios o solamente la remisión de la penalidad. Sin embargo, él criticó este abuso desde el punto de vista práctico, porque la gente común creía que la indulgencia eliminaba la culpa del pecado ante Dios. El efecto práctico de esta creencia popular era la tranquilidad de la consciencia del pecador, porque la culpa del pecado le había sido borrada delante de Dios al haber pagado por la indulgencia (Lindsay 1985, 244-246).
Para contrarrestar el impacto cauterizante de consciencias, especialmente propalado por los vendedores de indulgencias, Lutero escribió sus 95 tesis sencillas, para que el pueblo común despertara ante semejante engaño y afrenta contra el Evangelio de Cristo. Como la intervención del elector Federico y del emperador Maximiliano no permitió que Lutero compareciese ante el papa León X en Roma, tocó al cardenal Cayetano, como legado papal en Alemania, emplazar a Lutero en la ciudad de Ausburgo en 1518. Para Cayetano el problema de fondo no estaba,
estrictamente, en la oposición de Lutero contra las abusivas indulgencias, sino en dos temas fundamentales: que los méritos de Cristo obran con eficacia sin la intervención del papa, y que la justificación obra por la fe del penitente y no está en el sacramento (Oliver 1973, 33).2 Para un teólogo informado es obvio que en esta acusación estaba en tela de juicio la autoridad absoluta del papa y la doctrina Tomista de la eficacia del sacramento, ambas creídas y defendidas por Cayetano. Los historiadores eruditos citan que Lutero respondió a Cayetano, respecto a la autoridad reclamada para el papa Clemente VI en los siguientes términos:
No soy tan audaz para que por causa de un solo decreto oscuro y ambiguo de un papa humano yo deba apartarme de tan claros testimonios de las Sagradas Escrituras. Porque, como la ha dicho uno de los abogados canónicos: ‘En asuntos de fe, no solo un concilio está por sobre el papa, sino cualquier fiel si está armado con mejor autoridad y la razón’ (Bainton, 1990, 73).
En esta respuesta de Lutero al cardenal Cayetano, legado del papa León X, queda establecida su convicción de que en asuntos de fe y práctica la Sagrada Escritura es la primera autoridad suprema.
Lutero viajó hasta Leipzig para sostener un debate con John Eck, realizado el 4 de Julio de 1519, y el tema central seguía siendo si es que la supremacía del Papa de Roma sobre toda la Iglesia es una doctrina fundada en las Sagradas Escrituras. Eck logra llevar a Lutero a pronunciarse sobre lo que podría llamarse en términos actuales, la infalibilidad de los concilios eclesiásticos. Se ha dicho que frente a esta investida de Eck, Lutero llegó a afirmar: “Las declaraciones conciliares no representan para mí la palabra de Dios. No me siento ligado en consciencia a ellas” (Oliver 1973, 60). En efecto, de la tesis No. 13 de la Diputación de Leipzig redactada por el propio Lutero, se puede deducir lo mismo, cuando afirmaba que:
Por los muy insulsos decretos de los pontífices romanos, que han aparecido en los últimos cuatrocientos años, se prueba que la Iglesia Romana es superior a todas las demás. Empero, a esto se oponen los hechos históricos de mil cien años, el Texto de la Divina Escritura, y el Decreto del Concilio de Nicea, el más sagrado de todos los Concilios (Lutero 1519, 4).
Lutero había seguido escribiendo más tratados contra la autoridad romana, y la nación alemana, en su mayoría, estaba consciente que no quería seguir sometida a Roma y ya había empezado a exigir mayores libertades nacionales ante el emperador Carlos V (Lindsay 1985, 280-300). De todos modos, por exigencias del papa León X y por las pericias de sus diplomáticos, logró que Lutero compareciese ante la Dieta de Worms en Alemania, para ser condenado sin seguir el debido proceso legal. Fue ante esta Dieta, en la que se presentó Lutero el 17 de Abril de 1521 a las cuatro de la tarde (Lindsay 1985, 297). En aquel día, nuevamente y por segunda vez, Eck fue el que dirigió el interrogatorio a Lutero. Cuando se le preguntó, leyendo varios libros título por título, si eran de su autoría y si se retractaba de lo que allí había escrito, él reconoció que eran suyos. Sin embargo, como su contenido trataba de asuntos de la autoridad de las Escrituras, solicitó tiempo para responder de manera meditada para que su respuesta fuese coherente con la verdad sin traicionar a Cristo. Al siguiente día, Lutero compareció nuevamente ante la Dieta y pronunció un discurso fluido sobre sus tres tipos de escritos, como él mismo los clasificó.3 No obstante, de ninguno de ellos de retractaría a menos que se le demostrase, dijo, por “medio del testimonio evangélico o profético” (Lindsay 1985, 308), es decir, por sola scriptura. Se dice que argumentó abundantemente acerca de la importancia de la Palabra de Dios, pero que al final concluyó su discurso así:
No digo que haya necesidad de que yo enseñe o advierta nada a los numerosos príncipes que me rodean; pero el deber que tengo con mi Alemania no me permite retractarme. Con estas palabras me encomiendo a vuestra serena majestad y a vuestros príncipes y os suplico humildemente que no permitáis que mis acusadores prevalezcan sobre mi causa. He dicho (Lindsay 1985, 308).
Esta respuesta no satisfizo al emperador Carlos V, porque en su literatura Lutero había cuestionado la autoridad de las decisiones de los concilios. Por ello, se le pidió que fuese preciso sobre ese punto. Lindsay (1985, 310-311) registra la respuesta completa de Lutero ante esta pregunta, la cual es digna de transcribirse:
Si Su Majestad Imperial desea una respuesta llana, se la daré, neque cornutum neque dentatum, y es esta: Me es imposible retractarme, a menos que se me pruebe que estoy equivocado por el testimonio de la Escritura, o por medio del razonamiento; no puedo confiar ni en las decisiones de los concilios ni en las de los papas, porque está bien claro que ellos no solo se han equivocado sino que se han contradicho entre sí. Mi consciencia esta afinada con la Palabra de Dios y no es honrado ni seguro obrar en contra de la propia consciencia. ¡Que Dios me ayude! ¡Amén!
Es en este punto de la historia doctrinal de la Reforma, donde Lutero rompe de manera definitiva las coyundas del yugo papal que habría oprimido a la cristiandad occidental por tanto años y con tantos engaños, ya no hay vuelta atrás. Una vez más, Lutero dejó en claro que la consciencia del verdadero creyente solo está atada a las Sagradas Escrituras y no a la autoridad papal o conciliar. No obstante, fue quizás en 1531, en su sermón sobre Romanos 15, cuando refinó con mayor fuerza la doctrina de la sola scriptura. La Escritura era para Lutero lo que era para Pablo: el consuelo ante el juicio divino, la única defensa efectiva contra los poderes de este mundo. Tanto fue así para Lutero que incluso llegó a afirmar que sus perseguidores “hacen lo que se les antoja, cometen atropellos contra mí, pisotean mis derechos; tienen en su poder la administración de la justicia, tienen dinero, tierras, gente; y yo, ¿qué tengo?
¡Este libro!” (Lutero, 1531, 3).
La Escritura es tan poderosa para la defensa doctrinal que Lutero decía no necesitar ni del emperador ni del papa ni del Elector de Sajonia ni ninguna otra cosa. Decía él, en su sermón sobre Romanos 15:
… otra cosa para consolarme no tengo fuera de este libro de papel y tinta. Por ende, el cristiano ha de contentarse con que la Escritura es su único consuelo. ¿O me consolaré con el emperador? No me convence. Si me consuelo con el príncipe elector de Sajonia, con vosotros, los feligreses de Wittenberg, con mi dinero, con mi sagacidad, con la esperanza de que al fin lograré hacer las cosas tal como lo tenía planeado, entonces ya puedo dar el juego por perdido (Lutero, 1531, 3).
La fe y seguridad de Lutero en las Escrituras no eran un asunto de superstición por un libro, sino porque la Sagrada Escritura era para él “una señal puesta por Dios” y que “si la aceptas, eres bienaventurado, no porque sea una señal hecha con tinta y pluma sino porque señala hacia Cristo” (Lutero 1531, 4). Es más, como señal puesta por Dios, las Escrituras, según Lutero, son de Dios, son su Palabra, esta doctrina de la sola scriptura no podría haberla expresado de manera más hermosa y convincente que en estas palabras:
Pues donde están las Escrituras, allí está Dios: ella es suya, es su señal, y si la aceptas, has aceptado a Dios. ¿Qué te parece ese vecino que se llama “Dios”? Con él a tu lado, ¿qué te puede hacer la muerte o el mundo? Es verdad: las Escrituras son tinta, papel y letras. Pero allí hay Uno que dice que estas Escrituras son suyas, y ese Uno es Dios… (Lutero 1531, 5).
En consecuencia, Dios Habla en sus Escrituras, y no es que haya poder en la tinta ni en el papel, sino en el propio Dios que habla en ellas y por ellas. Esta es la sencilla belleza de la afirmación de Lutero sobre el significado y valor del principio de sola scriptura. Sobre estas bases sigue construyendo, ya más sistemáticamente, Juan Calvino, cuyas enseñanzas sobre sola scriptira pasaremos a tratar a continuación.
2. JUAN CALVINO Y LA SOLA SCRIPTURA
Por su parte, Juan Calvino también defendió y avanzó, un poco más que Lutero, el principio de sola scriptura, en su obra de teología sistemática que lleva por título Institución de la Religión Cristiana. Esta obra está estructurada en cuatro libros, y es en el primer libro que Calvino dedica los capítulos seis al diez para tratar el principio de la autoridad y suficiencia de las Sagradas Escrituras para conocer a Dios. Como el primer libro de su obra tiene como tema general el conocimiento de Dios, es claro que Calvino coloca las Sagradas Escrituras como la fuente de conocimiento revelado y, por lo tanto, verdadero y autoritativo.
Entonces, en primer lugar, Calvino enseña que el propósito central de la Escritura coincide con el propósito de la revelación especial de Dios; es decir, revelar a Dios como el único verdadero Dios creador y gobernador de su creación. He aquí su afirmación:
“… además de la doctrina de la fe y el arrepentimiento, la cual propone a Cristo como Mediador, la Escritura tiene muy en cuenta engrandecer con ciertas notas y señales al verdadero y Único Dios, que creó el mundo y lo gobierna, a fin de que no fuese confundido con el resto de la multitud de falsos dioses (Institución I, VI, 3).
En consecuencia, Dios mismo es el que se hace conocer por su Palabra, porque si Dios no se revelara a sí mismo, entonces para obtener conocimiento de Él, se necesitaría un poder más grande que Dios, como lo ha afirmado Douglas F. Kelly (2008, 16). Es claro que el Ser Creador es primero y el ser creado es segundo, por eso es Dios quien determina qué puede conocer el hombre acerca de Él (Kelly 2008, 16). El creyente, ayudado por la iluminación del Espíritu de Dios, en fe y humildad estudia la Escritura para conocer a Dios y sus demandas, con el fin de vivir según ellas.
En segundo lugar, y como consecuencia de que la Escritura revela al verdadero Dios y su gobierno providencial sobre su creación, esta es también la guía para un verdadero conocimiento de Dios (Institución I, VI, 4-5).6 A partir de este principio, los cristianos creemos que el conocimiento humano acerca de la creación haciendo uso de la ciencia y la tecnología tiene importancia por ser parte del mandato cultural de Dios. Sin embargo, la epistemología cristiana reconoce la centralidad de la revelación especial de Dios para llegar a un verdadero conocimiento del Creador. No obstante, el hecho de que la Escritura sea la única fuente de revelación de la naturaleza de Dios, de ningún modo deja de lado la experiencia que tiene de Dios el creyente. Porque, como afirma el propio Calvino, cuando la Escritura testifica del entendimiento que el creyente tiene de la naturaleza de Dios, ese conocimiento “consiste más en una viva experticia que en vanas especulaciones” (Institución I, X, 3). Calvino es incluso más enfático en este punto cuando dice: “Dios se hace sentir por la experiencia tal como lo manifiesta en su Palabra” (Institución I, X, 3). La enseñanza reformada acerca de la sola scriptura no afirma que el conocimiento de Dios sea pura y solamente intelectual, sino que la Biblia es, a la vez, la única guía inmutable para conocer y vivir una experiencia de santidad con Dios y una experiencia de la santidad de Dios. En tercer lugar, Calvino enseña que las Sagradas Escrituras tienen autoridad auténtica por el testimonio del Espíritu Santo y no por la autoridad de la Iglesia, pues según Efesios 2:20, la misma iglesia tiene como fundamento las Sagradas Escrituras. A partir de este pasaje, el argumento hermenéutico de Calvino es directo; nos dice él:
Porque si la iglesia cristiana fue desde el principio fundada sobre lo que los profetas escribieron, y sobre lo que los apóstoles predicaron, necesariamente se requiere que la aprobación de tal doctrina preceda y sea antes que la iglesia, la cual ha sido fundada sobre dicha doctrina; puesto que el fundamento siempre es antes que el edificio (Institución I, VII, 3). En consecuencia, cuando la iglesia cristiana recibe, admite y da testimonio de la autoridad divina de las Sagradas Escrituras, no con ello las autentica como si antes no lo fuesen, o como si fuesen dudosas o sin crédito; sino, como dice Calvino, porque la iglesia reconoce “que ella es la misma verdad de Dios, sin contradicción alguna, la honra y reverencia conforme al deber de piedad” (Institución I, VII, 3). Se debe notar que Calvino declara que “el común acuerdo de la Iglesia no es de poca importancia” como testimonio y medio de la perennidad de la Escritura (Institución I, VIII, 12). Sin embargo, la firme razón de la perennidad de la Escritura no reside finalmente en el poder humano, sino en Dios; por eso debemos reconocer que es de Dios. “Por ello,” dice Calvino, “se debe concluir que la Escritura Santa es de Dios, puesto que, a pesar de toda la sabiduría y poder del mundo, ha permanecido en pie por su propia virtud hasta hoy” (Institución I, VIII, 12).
En cuarto lugar, Calvino enseña que Dios habla en las Sagradas Escrituras, y es testigo suficiente de su Palabra, pero a esta convicción se llega cuando el Espíritu Santo obra en el interior del hombre (Institución I, VII, 5-6).7 En consecuencia, la fe verdadera es aquella que el Espíritu Santo sella en el interior de hombre. Con base en Isaías 54:13, Calvino muestra que, después que los hijos de la iglesia son renovados, entonces llegan a ser discípulos de Dios (Institución I, VII, 7).
En quinto lugar, Calvino aprecia la demostración de que la Escritura es Palabra de Dios por su coherencia, hermosura, dignidad, etc., pero aclara que a esta demostración precede la fe. Es decir, enseña la precedencia de la fe para el entendimiento de la Biblia y para alegar su divinidad. Ya, cuando Calvino escribe este tratado de teología, estaba claro que la sencillez de la Escritura era parte de su hermosura y de la sabia providencia de Dios para que los creyentes pudiesen entenderla de manera salvífica. La siguiente declaración de Calvino deja en claro esta verdad:
Y en verdad es una gran providencia de Dios el que los grandes misterios y secretos del Reino de los Cielos nos hayan sido en su mayor parte revelados con palabras muy sencillas y sin gran elocuencia, para evitar que si eran adornados con elocuencia, los impíos calumniasen que era la elocuencia solamente la que reinaba en estos misterios (Institución I, VIII, 1).
De una lectura consistente y haciendo justicia a las enseñanzas de Calvino, debemos decir que no niega el valor de la razón humana, ni de la elocuencia con que escribieron algunos profetas (Institución I, VIII, 2). Tampoco niega que la antigüedad de la Escritura nos induzca a darle crédito (Institución I, VIII, 4), ni que los milagros y profecías cumplidas sean legítimamente usadas como medios confirmatorios del origen divino de las Escrituras y de la veracidad de Dios como su Autor (Institución I, VII, 6-8). Tampoco niega la agencia humana (específicamente de personas piadosas) como medio confirmatorio que nos da seguridad de que la Escritura es Palabra de Dios. Más bien, presenta a los mártires que sellaron con su sangre lo que habían admitido como Escritura santa, a lo cual suma también la defensa valerosa de los polemistas cristianos. Pero lo hicieron así por celo de Dios quien ya los había redimido; y por eso el valeroso testimonio de los santos de Dios aunque dignifican las Escrituras, “no son por sí solas suficientes para que se les dé el crédito debido, hasta que el Padre Celestial, manifestando su divinidad las redima de toda duda y haga que se les dé crédito” (Institución I, VIII, 12).
En sexto lugar, Calvino enseña que la Escritura ha sido milagrosamente conservada en su integridad y perfección por medio de la providencia divina principalmente, y en segundo lugar, por la diligencia de los judíos (Institución I, VIII, 9-10).8 Esto, muy a pesar de que perseguidores anti- judíos, como Antíoco Epífanes, pretendieron desaparecer las Sagradas Escrituras (Institución I, VIII, 10).
En sétimo lugar, las Sagradas Escrituras del Nuevo Testamento muestran que sus escritores fueron enseñados por el Espíritu Santo, y por eso “de repente comenzaron a tratar tan admirablemente los profundos misterios de Dios. Asimismo, la vida transformada de ellos por el poder del Espíritu Santo hizo que abrazaran la doctrina, aun cuando algunos de ellos antes la perseguían” (Institución I, VII1, 11).9 Y es que solo cuando el Espíritu Santo persuade al ser humano, las Escrituras le darán satisfacción y conocimiento para salvación (Institución I, VIII, 12). Sobre la base de esta enseñanza, Calvino dice que La Escritura no debe ser despreciada ni se le debe contraponer al Espíritu, porque según 1 Timoteo 4:13 y 2 Timoteo 3:16, el mismo Espíritu da testimonio de que la Escritura “guía a los hijos de Dios a la cumbre de la perfección” (Institución I, IX, 1).10 En consecuencia, los testimonios humanos que sirven para confirmar la Escritura “dejarán de ser vanos cuando sigan a este supremo y admirable testimonio, como ayudas y causas segundas que corroboren nuestra debilidad” (Institución I, VIII, 12). Es decir, sin la fe no es posible entender las Escrituras salvíficamente, por lo que sería vano tratar de convencer a los no creyentes, por muy buenos que sean nuestros argumentos, de que la Biblia es la Palabra de Dios (Institución I, VIII, 12, infra). La razón bíblico-teológica es muy sencilla de entender para el creyente, pues compete al Espíritu Santo “sellar y fortalecer en nuestros corazones aquella misma doctrina que el Evangelio nos enseña” (Institución I, IX, 1).
El Dr. Morton Smith, ha resumido de un modo sencillo la enseñanza general de los reformadores acerca de sola scriptura. Se lo cita aquí porque creo que da una visión global de lo que los reformadores querían decir con sola scriptura. He aquí lo que dice:
Para los reformadores, la comprensión de todo el Cristianismo dependía de la sola scriptura. La Escritura es vista como la única guía para la consciencia del individuo y de la Iglesia para proveer el verdadero conocimiento de Dios y de su plan de salvación para los pecadores. Es la única manera correcta para juzgar las enseñanzas de la Iglesia del pasado, del presente y del futuro (Smith 2001, 4).
Sin embargo, al mismo tiempo, necesitamos un resumen de la enseñanza de Lutero y Calvino Calvino acerca de sola scriptura y la tradición eclesiástica (y otros temas), que por razones de espacio no se han revisado paso a paso en los escritos de ambos reformadores. Spykman afirma que es claro que cuando Calvino y Lutero apelaron a la sola scriptura, “no tenían la intención de negar la importancia de la tradición eclesiástica, la teología, la filosofía, los padres de la Iglesia, o las ciencias y las artes. Todo esto tiene su lugar en la vida de la comunidad cristiana” (1995, 77). Si esta declaración es verdadera, y lo es en general, entonces ¿cuál es la cuestión fundamental? Spykman adecuadamente sugiere que la cuestión central era: “¿Mediante qué norma incuestionable se debe evaluar le fe cristiana? ¿Cuál es nuestro criterio central de juicio? La respuesta es sola scriptura, la cual, en el caso ablativo significa ‘Solamente por la Escritura’” (1995, 77).
Así, los reformadores Lutero y Calvino nos han dejando a los cristianos un principio rector para acercarnos a la Palabra de Dios con reverencia porque es Dios quien nos habla e instruye en ella. De modo que sola scriptura es el principio regulador de una correcta teología y espiritualidad, y de una apropiada hermenéutica que los
reformados debemos apreciar, practicar y promover para la Gloria de Dios y la extensión del Reino de Cristo.
REFERENCIAS
Bainton, Roland H. 1990. Here I stand: A life of Martín Luther. Nashville: New American Library.
Calvino, Juan. [1597] 1967. Institución de la religión cristiana, vol 1.. Trad. Cipriano de Valera, reeditada por Luis de Usoz y Río en 1859, y revisada en 1967. Países Bajos: FELIRE.
Harold Segura C. 1995. La Sola Scriptura: primera y gran herencia de Lutero. Disponible en http://www.desarrollocristiano.com/articulo.php?id=639
Kelly, Douglas F. 2008. Systematic theology, vol 1. Escocia: Christian Focus Publications Ltd.
Lindsay, Thomas M. 1985. La reforma en su contexto histórico, vol. 1. Trad. Daniel E. Nall. Barcelona, España: Libros CLIE.
Lutero, Martín. 1519. Diputación y defensa de Fray Martín Lutero contra las acusaciones de Juan Eck.
. 1531. Las Sagradas
Escrituras – El Sostén De La Iglesia.
Sermón para el segundo Domingo de Adviento. 10 de diciembre de 1531.
Oliver, Daniel. 1973. El proceso Lutero 1517 – 1521. Libro en PDF, disponible en http://escriturayverdad.cl/wp-content/uploads/ Biografiasdelutero/ELPROCESOLUTERODanielOlivier.pdf
Smith, Morton. 2001. The doctrine of the sufficiency of the Scripture. En, Written for our instruction: The sufficiency of Scripture for all of life. Ed. Joseph A. Pipa, Jr. & J. Andrew Wortman. Carolina del Sur: Southern Presbyterian Press, pp. 1-30.
Spykman, Gordon J. 1995. Reformational theology: A new paradigm for doing dogmatics. Grand Rapids, Michigan: Eerdmans.
Alonzo Ramírez es pastor y profesor del Seminario Bíblico Reformado (SBR) de la Iglesia Evangélica Presbiteriana del Perú.